Contratar el seguro de barco

No te pierdas navegando y sigue nuestros consejos para contratar el seguro de barco y otras embarcaciones

Aquí tienes unas cuantas recomendaciones para ayudarte al contratar el seguro de tu barco o embarcación.

Atención a la Zona de Navegación

Dependiendo de la zona de navegación en la que vayamos a utilizar nuestra embarcación, las coberturas y limitaciones de una póliza varían. Por eso, es importante que nos indiques tu zona de navegación para poder aconsejarte lo más adecuado a sus necesidades.

Utilización de la embarcación

Si además de para recreo vamos a utilizar nuestra embarcación para participar en regatas o concursos de pesca, deberemos suscribir un seguro especial para poder tomar parte en las mismas.

Garantías recomendables para contratar en el seguro de barco y otras embarcaciones

  • Defensa penal: se garantiza la defensa y representación del asegurado en procesos penales, así como el pago de los gastos en que incurra éste a consecuencia de su intervención en dichos procedimientos y de los cuales puedan derivar o derive la responsabilidad civil cubierta por la póliza.
  • Reclamación de daños: la compañía se obliga a reclamar al tercero responsable o a su entidad aseguradora, amistosa o judicialmente, en nombre del perjudicado, la indemnización por daños o perjuicios causados directamente por el accidente.
  • Asistencia marítima: en caso de avería de la embarcación asegurada, estarán cubiertos los gastos de remolque hasta la zona portuaria o deportiva más próxima.

No existe obligación de tener titulación para contratar el seguro de barco y otras embarcaciones

El Patrón es la única persona obligada a tener la titulación requerida por la normativa vigente. El Tomador y el Asegurado no tienen dicha obligación.

Embarcaciones auxiliares

Toda embarcación auxiliar que no tenga más de 4 metros de eslora y cuya potencia de motor no supere los 10 cv puede ser incluida en la póliza de la embarcación principal.

Coberturas indispensables para garantizar los daños propios

Para tener los daños propios garantizados tendremos que tener contratadas las coberturas de:

  • Pérdida total.
  • Averías Particulares.
  • Robo.

Cobertura de remoción de restos al contratar el seguro de barcos y otras embarcaciones

La remoción de restos puede ser exigida por la Autoridad Marítima competente cuando los restos de la embarcación supongan un obstáculo a la navegación o puedan causar daños medioambientales, estéticos, etc.

La compañía aseguradora correrá con los costes de su retirada hasta el límite pactado.

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