Seguro Moto de Agua

METROmar da  soporte a los amantes de la motos acuáticas ofreciendo un seguro básico pero con unas coberturas lo suficientemente confortables para una navegación tranquila.

Para el seguro de tu moto acuática confía en Seguros METROmar.

Seguro Moto de Agua: Coberturas Básicas

Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria

La presente garantía se encuentra sometida al R.D. 607/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas. Según la mencionada normativa el capital por este concepto es de 336.566,77 euros.

Por esta cobertura se cubren las consecuencias de la responsabilidad civil extracontractual del asegurado, cuando haya mediado culpa o negligencia.

Responsabilidad civil de suscripción voluntaria

Por esta cobertura se puede ampliar el capital de responsabilidad civil hasta 600.000 euros.

Asistencia marítima

En caso de avería de la embarcación asegurada, estarán cubiertos los gastos de remolque de dicha embarcación hasta la zona portuaria o deportiva más próxima al lugar de la avería.

Defensa penal

Mediante esta cobertura se garantiza la defensa y representación del asegurado en procesos penales, así como el pago de los gastos en que incurra éste a consecuencia de su intervención en dichos procedimientos, y de los cuales puedan derivar o derive la responsabilidad civil cubierta por la póliza.

Reclamación de daños

Si a consecuencia de un accidente, tanto garantizado por la póliza como no garantizado, –ocurrido a la embarcación asegurada– se le ocasionaran daños materiales o lesiones corporales a algún tripulante de la misma; o daños a sus pertenencias; la Compañía se obliga a reclamar al tercero responsable -o a su entidad aseguradora-, amistosa o judicialmente, en nombre del perjudicado, la indemnización por daños o perjuicios.

 

Seguro Moto de Agua: Coberturas Opcionales

Asistencia en tierra

Se ofrece la posibilidad de contratar la asistencia a la tripulación en tierra, que incluye, entre otras, las siguientes prestaciones: repatriación o transporte sanitario de heridos y/o enfermos, repatriación o transporte de los asegurados familiares, regreso anticipado a causa de fallecimiento de un familiar, desplazamiento de un acompañante familiar junto al asegurado hospitalizado, pago o reembolso de gastos médicos, quirúrgicos farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero, etc.

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